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Aprueban protección para periodistas y defensores de derechos humanos jaliscienses

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Los artículos transitorios señalan que la Secretaría General de Gobierno deberá emitir la convocatoria estatal pública a organizaciones de la sociedad civil involucradas en la defensa y protección de los derechos humanos, así como en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión, para conformar el primer Consejo Consultivo, dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor del decreto.

El Congreso del Estado aprobó la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas de Jalisco.

En dicha legislación se establece la cooperación del Estado con la Federación para implementar y operar las medidas de prevención, preventivas y urgentes de protección para garantizar la vida, integridad, libertad y seguridad de las personas que tengan algún riesgo como consecuencia de la defensa o promoción de los derechos fundamentales de los ciudadanos, y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo, de conformidad con la legislación emitida por el Congreso de la Unión.

La iniciativa, que había sido presentada en la anterior Legislatura por el diputado Clemente Castañeda,   adicionan el Título denominado “De los Delitos contra la Libertad de Expresión” y el artículo 309 del Código Penal para el Estado de Jalisco, para que quien de manera intencional y mediante actos concretos obstaculice, impida o reprima la producción, publicación, distribución, circulación o difusión de algún medio de comunicación masiva, se le impondrán de seis meses a tres años de prisión y multa de 50 a 200 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

En el capítulo de sanciones, se concreta que las responsabilidades administrativas que se generen por el incumplimiento de las obligaciones previstas en esta ley, se sancionarán conforme a lo que establezca la legislación aplicable, con independencia de las de orden civil o penal que procedan.

Los artículos transitorios señalan que la Secretaría General de Gobierno deberá emitir la convocatoria estatal pública a organizaciones de la sociedad civil involucradas en la defensa y protección de los derechos humanos, así como en el ejercicio del periodismo y la libertad de expresión, para conformar el primer Consejo Consultivo, dentro de los 60 días siguientes a la entrada en vigor del decreto.

Una vez emitida la convocatoria, las organizaciones involucradas se registrarán ante dicha Secretaría y entre ellas elegirán a los nueve integrantes del Consejo Consultivo, en un término de un mes a partir del cierre del registro. Después de proporcionada la lista de de los integrantes a la Secretaría, éste se instalará en un término de diez días. Al respecto, se precisa en el capítulo respectivo, que se buscará que haya equilibrio entre personas expertas en la defensa de los derechos humanos y del ejercicio de la libertad de expresión y el periodismo.(Con información de El Informador)