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Sin querer, el botón de emergencia “jala” a Bahía de Banderas en materia de transporte

on . Posted in Puerto Vallarta

Al igual, las playas permanecerán disponibles para turistas y visitantes locales de 5 AM a 3 PM, serán vigiladas por la Guardia Nacional en colaboración con Protección Civil

Por Miguel Barragán

El botón de emergencia, aunque solo tiene efectos en Jalisco, sin querer, el municipio de Bahía de Banderas, Nayarit, también se verá “jalado” por las disposiciones que se toman en Puerto Vallarta.

Así lo informó el Presidente Municipal, Arturo Dávalos Peña, pues el horario permitido para todos los transportes será hasta las 10 PM, eso incluyendo a los camiones “Medina” que mueven a los habitantes de Bahía de Banderas y viceversa.

Aunque se hizo la distinción horarios en Puerto Vallarta en comparación a otros municipios de Jalisco, por su naturaleza turística, ya que en el resto del estado el horario de transporte terminará a las 7 PM. Arturo Dávalos mencionó que se están trabajando acuerdos con empresarios para terminar la jornada laboral de sus trabajadores al menos una hora antes y que tengan la oportunidad de alcanzar su transporte.

Al igual, otro sector que se verá afectado será el de playa, pues por mandato del estado solo estarán disponibles de 5 AM a 3 PM, tanto para turistas como visitantes locales, esto para evitar aglomeraciones y posibles contagios. Mientras que la Guardia Nacional y Protección Civil se encargarán de vigilar las zonas e inviten a las personas a retirarse de las playas a partir de la hora indicada.

Será la actividad nocturna, incluyendo el transporte, lo que tiene modificaciones durante 14 días y los próximos dos fines de semana en Jalisco, pero para el caso de Puerto Vallarta, debido a su actividad turística, hay algunas diferencias.

En el caso específico de Puerto Vallarta, debido a que el 90% de la actividad económica depende del turismo y el 65% de la derrama económica se genera en fines de semana. los hoteles seguirán operando, pero sin áreas comunes, se explicó.

La limitación de horario para actividades nocturnas en Puerto Vallarta será de las 8:30 de la noche a las 6:00 de la mañana, mientras que en el resto de los municipios de Jalisco se aplicará a partir de las 7:00 de la noche y hasta las 6:00 de la mañana. Las restricciones de actividades de día en los fines de semana, no aplicarán en Puerto Vallarta, más que por la noche, igual que entre semana.

TRANSPORTE (NOCHES)

  • Se suspende la operación de lunes a domingo a partir de las 21:59 horas, reiniciando a las 05:30 horas del día siguiente.
  • Después de las 21:59 horas se permitirá la circulación para bajar a los pasajeros hasta terminar su recorrido y arribar a sus zonas de pernocta.
  • Los servicios de empresas de redes de transporte o plataformas, podrán aceptar viajes hasta las 20:59 horas y podrán operar hasta el término del viaje.
  • La operación del servicio de taxis se brindará de manera normal, tomando las medidas de limpieza e higiene recomendadas, con una ocupación máxima de tres pasajeros y en viajes sin escalas.
  • En el caso de Puerto Vallarta también se anunciaron cuotas preferenciales para los servicios de taxi en la zona 1 será de $60 pesos y $85 en las colonias cercanas al aeropuerto y Mismaloya.

Durante la conferencia de prensa se dieron a conocer las listas de actividades que quedarán prohibidas y permitidas a realizarse tanto en horario nocturno como en los fines de semana, las cuales te mostramos a continuación:

ACTIVIDADES QUE PODRÁN OPERAR CON NORMALIDAD EN JALISCO DURANTE LAS NOCHES SON:

  • Todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.
  • Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias.
  • Tiendas de conveniencia y abarrotes.
  • Industria y su operación logística.
  • Servicios de seguridad públicos y privados.
  • Equipos de auxilio y protección civil.
  • Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados.
  • Servicio postal, paquetería y mensajería.
  • Gasolineras y gaseras
  • Ajustadores de compañías aseguradoras.
  • Servicios de taxis (no plataforma).
  • Restaurantes, únicamente con servicios a domicilio, así como plataformas para este fin.
  • Hoteles, sin actividad en áreas comunes.
  • Servicios funerarios.
  • Transporte público de acuerdo con el apartado correspondiente de este documento.
  • Aeropuertos y terminales de autobuses con las restricciones comerciales respectivas

LISTA DE ACTIVIDADES PROHIBIDAS DURANTE LAS NOCHES EN EL ESTADO DE JALISCO:

  • Actividades económicas, comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles.
  • Talleres mecánicos, refaccionarias y cualquier servicio técnico.
  • Plazas, centros y corredores comerciales.
  • Tiendas de autoservicio, clubes de precio y tiendas departamentales.
  • Mercados públicos y tianguis
  • Oficinas corporativas

Actividades culturales, recreativas y deportivas.

  • Unidades deportivas y bosques urbanos.
  • Actividades y ceremonias religiosas.
  • Reuniones de más de 10 personas.
  • Eventos sociales privados.
  • Servicio de plataformas de transporte de personas, de acuerdo con el apartado correspondiente.

EN EL CASO DE LOS FINES DE SEMANA LAS ACTIVIDADES PROHIBIDAS SON:

  • Actividades económicas, comerciales y de servicios, con excepción de la industria y hoteles.
  • Comercios misceláneos, como papelerías, ferreterías, tlapalerías y mercerías.
  • Talleres mecánicos, refaccionarias y cualquier servicio técnico.
  • Plazas, centros y corredores comerciales.
  • Mercados públicos y tianguis.
  • Actividades culturales, recreativas y deportivas
  • Unidades deportivas y bosques urbanos.
  • Actividades y ceremonias religiosas.
  • Reuniones de más de 10 personas.
  • Eventos sociales privados.
  • Servicio de plataformas de transporte de personas, de acuerdo con el apartado correspondiente.

LAS ACTIVIDADES QUE SÍ SE PERMITIRÁN EL FIN DE SEMANA SON:

  • Todos los servicios hospitalarios y equipos médicos privados o públicos.
  • Farmacias, clínicas, laboratorios y veterinarias.
  • Tiendas de conveniencia, abarrotes, carnicerías, cremerías y tortillerías con excepción de los que operan en supermercados, bodegas, mercados públicos y tianguis.
  • Producción de alimentos básicos y perecederos.
  • Industria y su operación logística.
  • Servicios de seguridad públicos y privados.
  • Equipos de auxilio y protección civil.
  • Servicios básicos de energía, agua y telecomunicaciones, públicos y privados.
  • Servicio postal, paquetería y mensajería.
  • Gasolineras y gaseras.
  • Ajustadores de compañías aseguradoras.
  • Servicios de taxis (no plataforma)
  • Restaurantes, únicamente con servicios a domicilio, así como plataformas para este fin.
  • Hoteles, sin actividad en áreas comunes.
  • Servicios funerarios.
  • Mercado de abastos y mercado del mar, solo operación de bodegas de perecederos (no se permite atención al público).
  • Transporte público con restricción de horarios, unidades y sólo para personal esencial (personal de salud, de seguridad pública y privada, farmacias y gasolineras).
  • Aeropuertos y terminales de autobuses con las restricciones comerciales respectivas.