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Entregan propuesta de Ley de Ingresos 2013; la disminución del costo de las actas de nacimiento, una de ellas

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En este proyecto se integraron las propuestas que hiciera llegar el Gobierno Municipal entrante que será el que habrá de aplicarla durante el próximo ejercicio fiscal. A solicitud de las autoridades entrantes, se agregó al artículo 48 el tema de los casinos

 

 

 

 

 

El pleno del Ayuntamiento, aprobó este jueves en lo general y en lo particular, la Ley de Ingresos para el ejercicio fiscal 2013, ello tras un análisis detallado en el que fueron integradas las propuestas del próximo gobierno municipal, generando así la modificación de algunos de sus artículos y adhesiones en los mismos.

 

Lo anterior, en sesión ordinaria donde el Presidente Municipal, Salvador González Resendiz, dio a conocer que además de las diferentes reuniones previas que se tuvieron para lograr esta propuesta, se integrarían una serie de planteamientos hechos llegar por la administración entrante que sera quien tendrá a su cargo la aplicación de esta Ley de Ingresos, la cual dijo, es una herramienta de cobranza y recaudación para las autoridades en turno.

 

Entre los puntos que destacan de esta Ley, se aprobó la modificación al artículo 63, en su fracción primera, estableciendo que quienes se beneficien con los servicios de Seapal deberán pagar adicionalmente un 5.5 por ciento sobre los derechos que correspondan, de los cuales el 4.5 por ciento del producto total, se destinara a la construcción, operación y mantenimiento de colectores y plantas de tratamiento de aguas residuales. Para el control y registro diferenciado de esta contribución, el organismo operador del agua debe abrir una cuenta productiva de cheques en el banco de su elección, la cual será exclusiva para el manejo de estos ingresos y los rendimientos financieros que se produzcan.

 

El 1 por ciento restante, será depositado integramente por el Seapal a la cuenta oficial del Organismo Público Descentralizado del Gobierno Municipal 'Xihutla', mismo que habrá de destinarse a la conservación y administración de tierras en Puerto Vallarta.

 

Asimismo se avaló la modificación al artículo 66 en su fracción 2, para que la expedición de certificados o certificaciones, constancias o copias certificadas del registro civil sea de tan sólo 15 pesos y no de 47 como se estipula actualmente. En el caso de los extractos de actas, establecidos en la fracción tercera de este artículo, se establece un costo de 30 pesos, mientras que las constancias de inexistencia de actas del registro civil hasta 5 años, establecidas en la fracción sexta, tendrán un costo de 156 pesos y ya no se tendrá un costo extra por cada año de búsqueda.

 

De igual forma se cambio el artículo 86 en su fracción I, inciso F, para que la forma o la constancia ante el registro civil sea de 15 pesos. Lo anterior garantiza que el ciudadano gaste menos en la solicitud y obtención de actas, con lo cual no se afectan las finanzas municipales toda vez que este servicio se ha incrementado en los últimos años.

 

Cabe señalar que a solicitud de la próxima administración municipal, se agregó al artículo 48, el tema de los casinos, detallando que aquellos establecimientos que ofrezcan entretenimiento con sorteos de números, centro de apuestas remotas o libro foráneo, juego de apuestas con autorización legal, terminales o maquinitas de juegos y apuestas autorizados deberán pagar de forma anual entre 185 mil a 200 mil salarios mínimos.

 

Mientras que los establecimiento que ofrezca entretenimiento con juegos y/o terminales o máquinas de habilidad y/o destreza con remisión de premios en dinero o puntos o cualquier otro concepto u objeto que de cualquier modo sea intercambiados por dinero deberán aportar de 400 mil a 450 mil salarios mínimos. Se incuyó también un incremento del 10 por ciento en este artículo, respecto al cobro que se venía realizando en este 2012.

 

Durante la sesión ordinaria se autorizó además la propuesta de tablas de valores unitarios de suelo y construcción para el 2013. La Ley de Ingresos como las tablas de valores serán presentadas ante el Congreso del Estado para su respectiva aprobación, ello en conformidad con los dispuesto por el artículo 37 fracción I de la Ley de Gobierno y Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como por el diverso 10 fracción II del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración Pública del Municipio de Puerto Vallarta.

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